sábado, 3 de septiembre de 2011

SATEC, los decretos "le valen"

Otra del SATEC: incumple decreto

Jesús Castro
03 Septiembre 2011

Saltillo.- Se trata de un contribuyente que adquirió su auto en noviembre de 2009, por lo cual fue beneficiado por el decreto de octubre de ese año, emitido por el Gobernador con licencia Humberto Moreira, para otorgar un subsidio en el pago de la tenencia de hasta un 80 por ciento. Debido al éxito del programa, este fue prorrogado hasta marzo del 2010.

Para ese año, el contribuyente no acudió a la ventanilla sino hasta octubre, cuando volvió a recibir el beneficio gracias a un nuevo decreto del 20 de agosto, en el que Moreira prorroga el otorgamiento del estímulo, según el documento, hasta diciembre de 2011.

Debido a ello, en el recibo de pago, de los 7 mil 616 pesos que debía cubrir, se le condonaron 4 mil 878 de tenencia, conforme a lo autorizado por el decreto.

Para este 2011, el propietario del auto intentó acogerse nuevamente a dicho beneficio. En días pasados acudió al SATEC, donde su oficio de pago contenía la cantidad de 7 mil 237 pesos como total a liquidar, y en el espacio de “Total Apoyo Económico”, aparece cero pesos. Al pedir una explicación, le contestaron que el beneficio ya no está vigente.

Lo anterior, a pesar de que en el documento del decreto del 2010, que el mismo SATEC proporcionó a VANGUARDIA, aparece la prórroga de beneficios fiscales en el pago de la Tenencia hasta diciembre del 2011.

Se hace bolas

Al pedir una explicación sobre el motivo por el que el SATEC está intentando cobrar una tenencia subsidiada, el administrador General Tributario, Roberto Díaz, dijo que en el caso citado ya no era aplicable el beneficio porque era sólo para contribuyentes cumplidos que pagaran entre enero y marzo de cada año.

Se le preguntó que entonces cuál era el motivo por el que hubo alguien a quien en octubre del 2010 se le hizo la exención parcial del pago, mientras que en septiembre del 2011 se le negó el beneficio. Contestó que posiblemente haya sido un error.

Sin embargo, los argumentos anteriores se nulifican al constatar que ni el decreto de 2009, ni el de 2010, contienen una cláusula que ponga como requisito para recibir el beneficio fiscal, hacer el pago en los primeros tres meses de cada año.

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